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Homologaciones y Convalidaciones de Títulos Extranjeros

La homologación de títulos extranjeros de educación superior supone el reconocimiento en España de su validez oficial a los efectos académicos. Puede ser solicitada por ciudadanos españoles o extranjeros que hayan obtenido un título oficial de educación superior extranjero cursado en su totalidad en un centro autorizado.

Condiciones Necesarias:

  • Los títulos extranjeros cuya homologación se solicita deben ser oficiales y cursados en centros autorizados.
  • La homologación ha de acordarse con referencia a un título oficial español vigente en los niveles de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Doctor, cuyos estudios estén completamente implantados en alguna Universidad española en el momento en que se solicite la homologación.
  • No están incluídos en el ámbito de aplicación de este procedimiento aquellos títulos expedidos por una institución universitaria extranjera cuando parte de los estudios se hayan cursado en España a través de centros no autorizados para impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos homologables académicamente a los universitarios oficiales del sistema educativo español.
  • Los estudios o títulos obtenidos en el extranjero no serán objeto de homologación a los diplomas o títulos que las Universidades en uso de su autonomía puedan establecer.
  • La convalidación de estudios parciales universitarios (aquéllos que no han finalizado con la obtención de un título) corresponde a la Universidad en la que el alumno pretenda continuar tales estudios.

Nuestro despacho en Madrid puede realizar todos los trámites de presentación de su título en el Ministerio competente para la homologación o convalidación correspondiente.     

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