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Visado de Residencia para Inversores de Capital en España

Habilita a un extranjero a residir en España por una inversión inicial en España por un valor igual o superior a:

 1.º Dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o

 2.º Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio, o

 3.º Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, o

 4.º Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.  

  • El visado debe solicitarse en persona o a través de representante debidamente acreditado.
  • La solicitud debe ser presentada con un máximo de 90 días de antelación a la fecha prevista de viaje.
  • La autorización de residencia permite residir y trabajar en todo el territorio nacional.
  • El plazo de vigencia del visado será de 365 días